Confirman la inhabilitación a médico por certificados truchos

La nota sobre un caso que senta un precedente. 

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 La nota:

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó la condena al médico forense Raúl García García y al policía Mario Alberto Morales, y los inhabilitó en forma perpetua para ocupar cargos públicos, por haber extendido un certificado médico falso y por haberlo usado, respectivamente
 
Se trata de "delitos que concursaron en forma ideal con el de fraude en perjuicio de la administración público". El médico recibió una pena de dos años y seis meses de prisión y una multa de 50.000 pesos, mientras que el efectivo fue condenado a dos años y un mes de prisión, en ambos casos de ejecución condicional.

Los jueces del TIP, Pablo Tomas Balaguer y Mauricio Federico Piombi rechazaron todos los recursos de impugnación contra el fallo de primera instancia. Habían impugnado, la abogada Seila Dominguez Ardohain y el abogado Rodrigo Villa a favor de Raúl García García; la abogada Vanessa Ranocchia Ongaro en favor de Mario Alberto Morales; y el fiscal General, Guillermo Sancho. 

Con esta resolución, queda firme el fallo que emitieron en marzo del año pasado, los jueces Gastón Boulenaz, Carlos Besi y Andrés Olié, quienes dieron por probado que el 24 de octubre de 2018, el psiquiatra García García confeccionó un certificado médico, "haciendo constar -falsamente- que había atendido a Morales, prescribiendo 30 días de inasistencia en sus labores como agente policial. Dicho documento fue presentado por Morales en el ámbito de la Policía Provincial a fin de justificar sus inasistencias entre el 24 de octubre y el 23 de noviembre de 2018, percibiendo íntegramente sus haberes mensuales, sin el descuento que habría correspondido", dice el fallo.

El fallo absolvió por la prescripción de otros siete certificados -uno al propio Morales y el resto a otros dos policías- y Morales por el uso de ese segundo certificado. 

Además el Tribunal les impuso a los acusados el cumplimiento de reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio y presentarse trimestralmente ante el Ente de Políticas Socializadoras).

En la apelación al TIP, Sancho intentó revertir el fallo que absolvió al médico y al policía por otros certificados; mientras que la defensa de los condenados impugnó la sentencia por una incorrecta valoración de la prueba las que determinaron una errónea aplicación de la ley sustantiva.

"Las argumentaciones del tribunal de juicio para llegar a la comprobación de lo acontecido se encuentran debidamente fundadas acorde a las reglas de la sana crítica. Razonamiento en cual también se ha dado respuesta a las observaciones formuladas por las defensas durante el juicio puesto que no fueron desatendidas. Las valoraciones para tener por acreditado el hecho no han podido ser desvirtuadas por lo que debe rechazar el planteo en cuanto a la errónea valoración de la prueba", aseguró el fallo del TIP. 

 

Fuente: Diario Textual.

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